ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Con fundamento en el Artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que prevé que cumplida la medida impuesta el juez de ejecución ordenara la cesación de la misma y la libertad plena según sea el caso; así mismo con fundamento en los artículos 621, 646 y 647 literal H todos de la referida ley especial que trata sobre la competencia y funciones del juez de ejecución cuando se cumple cabalmente con la sanción que haya sido impuesta por parte del sancionado, ACUERDA: PRIMERO: LA CESACIÓN DE LA MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTA, que viene cumpliendo el sancionado (Se omite identidad de conformidad con los artículos, 545 y 65, parágrafo 2° de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente), signada bajo el N ° 1E-170-06, en virtud de que y.....