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DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ricaurte de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio por Desafecto presentada por la ciudadana: LUISA HERMINIA AGUILAR APARICIO, titular de la cédula de identidad número: V-15.019.029, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en El Sector El Muertico, calle El Tanque, del Municipio Ricaurte, estado Cojedes, en contra del ciudadano, JULIO HERIBERTO VILLANUEVA SALAS, titular de la cedula de identidad numero, V-14.413.965,, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en El Sector El Muertico, calle El Tanque, del Municipio Ricaurte, estado Cojedes, fundamentada en la sentencia vinculante de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, Nº 1070/2016, de fecha 09/12/201.....