En merito a las consideraciones expuestas éste Tribunal Primero de PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR, la demanda de Divorcio, interpuesta por el ciudadano JOSÉ IGNACIO RUIZ RIVERO, contra su legítima cónyuge ciudadana PATRICIA CARNEVALI CAMACHO, todos suficientemente identificados en autos, con fundamento en la causal Segunda del Artículo 185 del Código Civil Venezolano Vigente.
Dada la especial naturaleza de la acción deducida, cuyo carácter no patrimonial es indudable, no hay condenatoria en costas.
Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web de este Tribunal. Déjese copia certificada por Secretaria del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines p.....