Con fundamento a lo antes expuesto, el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la Demanda incoada por la ciudadana YOLIMAR YENNIFER GARCÍA PÉREZ, actuando en representación los niños XXXXXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX; contra el ciudadano JULIO JOSÉ TORREALBA MACHADO. En consecuencia, queda ajustada la pensión de alimentos así: para solventar los gastos de alimentación TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 30.000,00) semanales, deducidos del salario que devenga el obligado requerido; para cubrir gastos escolares DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 200.000,00) deducidos del bono vacacional, en la oportunidad de su pago; para gastos de Recreación la suma de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,00) cada tres meses, retenidos en cuotas mensuales a razón de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,00) cada.....