Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por DESALOJO interpuesta por IRMA RAMPINI CIANCONE, representada judicialmente por la abogada en ejercicio SINA COROMOTO PELLEGRINO RANDAZZO, contra el ciudadano GEORGIOS ARVANITIS, representado por su Apoderado Judicial JOSE RAFAEL ZAPATA MAZZEI, todos identificados en autos. SEGUNDO: Con vista a la presente decisión se imponen las costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Por cuanto la presente decisión será publicada dentro del lapso legal, no se hace necesaria la notificación de las partes.