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Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: Primero:Sin Lugar la solicitud de Incompetencia Sobrevenida, peticionada por el abogado José Heriberto Carvallo Aular, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 17.904.578, inscrito en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el N° 234.955, actuando en su carácter de Defensor Público Auxiliar Segundo Agrario del estado Cojedes, asistiendo y representando a la ciudadana: Blaxelys de la Chiquinquira Mendoza Salas, titular de la cédula de identidad, Nro. V-17.594.123, con domicilio procesal el Sector Limoncito, Municipio San Carlos del estado Cojedes. Así se decide. Segundo:Se Ratifica la Competencia para seguir conociendo la presente Solicitud de Medida Autónoma de Protección a la Continuidad de las Actividades Agropecuarias, requerida d.....