IV
DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, la apelación interpuesta por la abogada Eva Coronel de López, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadano Guillermo Segundo López Pérez, ambos identificados, contra la decisión de fecha 26 de abril de 2016, proferida por el tribunal Tercero de los Municipios San Carlos, Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de esta Circunscripción judicial del estado Cojedes. Segundo: REVOCA, la referida decisión de fecha 26 de abril de 2016, dictada por el Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, mediante la cual, declaró inadmisible la demanda por ser contraria a derech.....