Por cuanto se observa que lo solicitado no es contrario al orden público, ni a las buenas costumbres, ni a disposición expresa de la Ley, se admite dicha solicitud. Jurada la urgencia del caso y vista la solicitud de habilitación del tiempo necesario, el tribunal acuerda la realización de esta Inspección ocular, para practicarla el primer día de despacho siguiente a la presente fecha a las 10:00 de la mañana, previo traslado y constitución del tribunal en la sede del Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral (INSAI) ubicada en la calle Bolívar, entre Carabobo y Ayacucho, Nº. 11-20, y seguidamente en la sede del Comando de la Guardia Nacional Bolivariana, frente a la plaza Bolívar, ambas sedes en El Baúl municipio Girardot del estado Cojedes, para que previa designación y juramento de práctico de ser necesario, proceder a realizar la Inspección solicitada. Una vez realizada dicha Inspección devuélvanse originales de estas actuaciones al solicitante.