En orden a los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadanas NODEXI JACKELINE BENITES GUTIERREZ y ELENA ROSALI BETANCOURT ROMERO, titulares de la cedula de identidad números V-16.424.848 y V-13.734.666
contra la FUNDACION MISION IDENTIDAD, por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS LABORALES.