CAPITULO IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por el ciudadano, JULIO RAMON MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.992.339, en contra de la ciudadana DIAMARY HERRERA VELAZQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.364.794 y en consecuencia, declara DISUELTO, el vínculo matrimonial que los unía, desde el catorce (14) de julio de dos mil cuatro (2004), hasta la presente fecha. Segundo: Se ORDENA, conforme a lo establecido en los artículos 101, ordinal 6°, y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, insertar la present.....