Por todos los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Mixto de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ABSUELVE POR MAYORIA DE VOTOS DE ESCABINOS – CON EL VOTO SALVADO DEL JUEZ PRESIDENTE, - al ciudadano ROJAS RODRIGUEZ HÉCTOR JAVIER, venezolano, natural del estado Cojedes, de 27 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Decorador, titular de la Cédula de Identidad N° 14.112.694, residenciado en la Urbanización Manuel Manrique, Calle 8, Casa No. 143 San Carlos, estado Cojedes, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el Artículo 455, 4° del Código Penal vigente para el momento de ocurrir los hecho (Artículo 453, 5° del vigente Código Penal). La presente Sentencia, fue leída y publicada el día de hoy, 05 de Abril de 2006, en la Sala de Juicio No. 01 del Circuito J.....