DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA A FAVOR DE LA CIUDADANA: HILDA MARIA PÉREZ DE CASTELLANO, de Nacionalidad Venezolana, 46 años de edad, titular la Cédula de Identidad N° V- 5.209.649, Residenciada en el Barrio La Candelaria, Calle El Rosal Sector El Jardín Casa N° 4-35, Tinaquillo Estado Cojedes, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 Tercer Aparte de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, con las circunstancias agravantes genéricas previstas en los numerales 1 y 5 del artículo 46 ejusdem, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, con fundamento de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 1.....