DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declarar INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE, el recurso de apelación ejercido por los abogados ROBERTO TARICANI LOZADA Y RENDI JOSE ACURERO SALCEDO, en su carácter de Defensores Privados de los imputados FREDDY GIOVANNY ROA, KARINA DEL VALLE REYES JAIME Y WOLFANG EDUARDO VIELMA ZAMBRANO, en contra de la decisión dictada en fecha 04 de febrero de 2010, por el Juzgado de Primera Instancia, en funciones de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público, todo de conformidad con lo dispuesto en el literal c del artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal.
No obstante el anterior, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal d.....