En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento:
UNICO: Declara INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO en los términos que se expresan en la motiva del presente fallo, el recurso de apelación ejercido por la profesional del derecho JOALICE COROMOTO JIMENEZ, actuando en su condición de Fiscal Tercero Auxiliar del Ministerio Público, contra el fallo proferido por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 02 de este mismo Circuito Judicial Penal, el 03 de febrero de 2009, en la causa signada con el alfanumérico 2C- 196-08, mediante el cual en audiencia preliminar, condenó por admisión de los hechos como autor responsable de la comisión del delito de: Porte Ilícito de Arma de Fuego, al ciudadano: Jhon Jairo Blanco, titular de la cédula de identidad N° 17.595.318 a cumpl.....