DECISIÓN
En consecuencia, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de
la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana
de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGA con carácter
de cosa juzgada los términos del acuerdo celebrado entre los ciudadanos Josevia
Jusneuvia Moreno, venezolana, mayor de edad, titular de lã cédula de identidad Nº V-
16.012.830, en su condiciòn de co-demandada y el apoderado de La parte
demandante abogado Orlando Jose Pinto, Inscrito em El IPSA Nº 19.131. SEGUNDO:
NO HAY condenatoria en costas en virtud de la decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil,
Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San
Carlos a los cinco (05) días del mes de febrero del año dos mil veinticuatro (2.024).
Años: 216° de la Independencia y 223º de la Federación.Se da por concluida la presente audiencia, siendo las 10:.....