IV.- Decisión.-
Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición planteada por la Ciudadana ALBA JOSEFINA RIVERO, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V – 5.208.902, en su carácter de vicepresidenta de la Sociedad Mercantil "Unidad Educativa Privada Ligia Cadenas C.A." representada por el ciudadano LUIS JOSÉ ZAPATA CANCINES, venezolano, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 163.811, con domicilio procesal en la calle alegría, sector Buenos Aires de Tinaquillo, estado Cojedes. Así se decide.-
SEGUNDO: SIN LUGAR la oposición a la Admisión de la prueba planteada por SANIL BEGONIA APARICIO VELOZ, ENIO JESÚS ROSALES VELASCO Y JUAN ALBERTO VIVAS MORALE.....