-IV-
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ricaurte de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio presentada por la ciudadana, SUGEIS MARINA PAEZ HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nª V- 16.423.292 domiciliada en el Sector 23 de Enero Urbanización Santiago Alvarado, Municipio Ricaurte Estado Cojedes, en contra del ciudadano ARNALDO JOSE APONTE CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.113.360, domicilio en el Barrio 23 de Enero, Municipio Ricaurte, Estado Cojedes, fundamentada en la sentencia vinculante de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, Nº 1070/2016, de fecha 09/12/2016, alegando el desafecto como causal de divorcio, en consecuenc.....