-III-
DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos YADIRA COROMOTO BRITO PERAZA y JOSE GREGORIO BRITO PERAZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V- 9.533.687 y V- 8.669.590, en su condición de hijos, la cualidad de Únicos y Universales Herederos, de quien en vida respondiera al nombre de JULIO ANTONIO BRITO FLORES, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.028.661, con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de bienes existentes al momento del fallecimiento del prenombrado ciudadano, todo de conformidad con lo establec.....