III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el abogado José Alberto Reyes Guzmán, actuando en su carácter de apoderado Judicial de la ciudadana Regina Vicente Ariza Díaz, contra la sentencia de fecha veintitrés (23) de abril del año dos mil trece (2013), emanada del Juzgado de Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. SEGUNDO: SE CONFIRMA, la sentencia de fecha veintitrés (23) de abril del año dos mil trece (2013), emanada del Juzgado de Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. TERCERO: Se condena en costas a la parte accionante del presente recurso de apelación, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regíst.....