CAPITULO IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y ROMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejores derechos y a tenor de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Resuelve: "Declarar bastantes y suficientes" las probanzas evacuadas para asegurarle a favor de la ciudadana ANGELICA MARIA AMARO LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.534.865, el derecho de propiedad sobre unas bienhechurías edificadas o construidas sobre un Terreno propiedad del Municipio Rómulo Gallegos, estado Cojedes, ubicadas en la Calle Petrobras, Sector la Romana y el Laurel de Gabinero, Municipio Rómulo Gallegos, estado Cojedes, cuyos linderos.....