esta Jurisdicente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley  resuelve: 
UNICO: Se da por consumado el acto, se declara  Homologado el desistimiento del presente procedimiento,  a los efectos  de que se le reconozca carácter de sentencia firme  pasada   con   autoridad  y fuerza de cosa Juzgada. Así se decide.
En San Carlos a los cuatro días del mes de Junio del dos mil diez.
Diarícese, Regístrese  y Publíquese.