IV
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio entre los ciudadanos ANTONIO MARIA BENITEZ SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.538.443, domiciliado en el Cacao, Vía Palambra del Dr,, Casa sin número de la ciudad de San Carlos del estado Cojedes y CARMEN MERCEDES PADRON GUERRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.734.641, domiciliada en el Cacao Sector la Culeca, Vía Palambra del Dr., de la ciudad de San Carlos del estado Cojedes, con fundamento en lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, y en consecuencia, Disuelto el vínculo matrimonial que los unía de.....