Esta Juzgadora, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
Primero: Se declara Sin lugar la demanda de cumplimiento de contrato incoada por el ciudadano José Luis Delgado Vaamonde, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.739.352 contra el Grupo Inmobiliario Cedeño Méndez, C.A., y solidariamente contra el ciudadano: Manuel René Cedeño Romero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.668.216, así como contra los herederos de quien en vida se llamara ciudadano Nelson Alfonso Méndez Rodríguez, los ciudadanos Nelson Méndez, Manuel Méndez, venezolanos mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. C.I. V-7928119 y C.I. V-20042690, respectivamente, la ciudadana María Pinto, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- C.I. 9.483.220, en su condición de representante legal del adolescente se omite nombres de conformidad con el articulo 65.....