CAPÍTULO V
DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Hortencia Jacqueline Aponte, en su carácter de autos, contra la sentencia dictada por el tribunal a-quo. Segundo: MODIFICA la decisión de fecha 28 de septiembre de 2005, proferida por la Sala de Juicio Nº 01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de pensión alimentaria a favor de los adolescentes (identidades omitidas), en consecuencia, se establece una pensión alimentaria mensual equivalente al cuarenta por ciento (40%) del salario mínimo, lo cual arroja la cantidad de Ciento Ochenta y Seis Mil T.....