Este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, actuando por comisión, en cumplimiento de la orden emanada del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Vistas las exposiciones de ambas partes, acuerda conceder un lapso de treinta (30) días consecutivos, de conformidad con lo previsto en el artículo 159, ordinal 3, de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, a los fines de que presenten ante este Tribunal el cumplimiento de la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, a través del convenimiento escrito, al que llegarán, en cuanto al reenganche de la trabajadora, en el cargo correspondiente, así como a la Institución en la cual desempeñará sus funciones, además de los salarios dejados de percibir. SEGUNDO: Se acuerda el regreso de este T.....