Esta juzgadora  Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley  declara:  
Primero: Se homologa el reconocimiento voluntario  de la niña ...............,    por parte de su padre ciudadano  Orlando Rafael Rojas Torrealba,  en consecuencia se ordena  al Registrador  del estado Civil del Municipio Falcón del Estado Cojedes  tomar nota de este reconocimiento y proceder conforme  a lo establecido en el Articulo 27 de la Ley  para la Protección de las familias, la maternidad y la paternidad,  debiendo en consecuencia expedir una nueva acta de nacimiento  que sustituirá la que fue levantada  con la presentación de la madre, la cual quedara sin efecto. La nueva acta  no contendrá mención alguna del procedimiento  realizado,  en consecuencia  levantada la nueva acta quedará sin efecto el acta de nacimiento de la niña ............ la cual se encuentra asentada en el Libros de registro civil de nacimientos, correspondiente al año 2006,  Tomo .....