Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto la ciudadana CARMEN ELENA MORALES, titular de la cedula de identidad numero V-10.139.461, asistida por la abogada GRACIELA INES NUÑEZ, inscrita en el IPSA Nº. 61.684, en su carácter de parte actora, contra de decisión de fecha veintinueve (29) de septiembre del año dos mil diez (2010) dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, que declaró Desistido el Procedimiento incoado en contra del MUNICIPIO ANZOÁTEGUI DEL ESTADO COJEDES . En consecuencia se revoca la decisión recurrida, ordenándose reponer la causa al estado en que se fije nueva oportunidad, para la celebración de la audiencia preliminar.
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