Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO y consecuencialmente DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos, CARLOS ALFREDO LOPEZ ALFONZO y CLAUDIA VANESSA DOMINGUEZ, ampliamente identificados en autos, quienes contrajeron matrimonio civil por ante el Registro Civil de la Parroquial Arismendi, del Estado Barinas, en fecha seis (06) de Septiembre de 2011; según se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio cursante al folio Tres (3) y su vuelto, del presente expediente signado con el Nº 2207/13.
El tribunal nada establece en cuanto a bienes constituidos en la comunidad conyugal por cuanto los solicitantes manifestaron no haberlos obtenidos.