Declarada la competencia para el conocimiento del presente asunto, el Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, la admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, se ordena emplazar a la ciudadana RUSMARY KATIUSKA CISNERO MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.019.009, domiciliada en la urbanización Villas de Santamaría, Calle 9, Terraza 1, Casa Nº 01, de la Ciudad de Tinaquillo, Estado Cojedes, a fin de que comparezca por ante este Tribunal, dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a que conste en autos su citación, más UN (01) día calendario consecutivo que se le concede como termino de la distancia a dar contestación a la demanda en su contra propuesta. Asimismo, se insta a la parte demandante a proveer las copias fotostáticas del escrito por el cual propuso la demanda, a los fines de la elaboración de la compulsa de citación. El Tribunal, ad.....