En merito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la acción de Amparo Constitucional ejercida por la ciudadana ALOYMA LUCILA ANTONUCCI JIMENEZ, titular de la cedula de identidad número V- 9.534.648, representada judicialmente por el Procurador de Trabajadores en funciones de Juicio abogado ARGARDO RAFAEL TORREALBA CASTILLO, inscrito en el I.P.S.A bajo los números 136.571, contra el INSTITUTO AUTONOMO MATADERO DE TINAQUILLO (INSAMAMUTI).