Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: "DECLARAR BASTANTE" las probanzas evacuadas, para acreditar a favor de la ciudadana Dilia Rosa Rivas de López, de sus dos hijos de nombres XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, y del ciudadano Francisco Javier López Silva, la primera nombrada en su calidad de cónyuge del causante y el segundo, tercero y cuarto nombrados en su condición de hijos del causante, quien en vida respondiera al nombre de Froilan Antonio López Morales, la cualidad que tienen de UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de bienes del fallecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo los derechos de terceros. Expídase por secretaria copia certificada de la presente decisión y devuélvanse los documentos origin.....