IV
DECISIÓN
Por todo lo antes expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso; éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos: BEATRIZ ADRIANA ÁLVAREZ AULAR, BEATRIZ ADELAIDA AULAR DE ÁLVAREZ, BENITO ALEJANDRO ÁLVAREZ AULAR Y BIENBENIDO ADRIAN ÁLVAREZ AULAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros.: V-27.477.230, V-9.539.554, V-18.032.774 y V-22.596.888 respectivamente, en su carácter de coherederos del ciudadano: Benito Álvarez González(+),quien en vida era Extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 81.112.039, quien falleció el día Veintiocho (28) de Noviembre del año Dos Mil.....