En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Inadmisible la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos Javier Antonio Sánchez Araujo y Ana Yegny Gutiérrez Flores, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nº V-16.158.238 y V- 13.132.022, respectivamente con fundamento en el artículo 185 A del Código Civil, por lo que, no se encuentran llenos los supuestos contemplados en la norma citada.
Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web de este Tribunal. Déjese copia certificada por Secretaria del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código.....