este Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente acción de Amparo Constitucional interpuesto por el Abogado Rafael Medina Villalonga, titular de la cédula de identidad Nº 3.041.720, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 61.150, quien actúa en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano Valmore Ignacio Toledo Rodríguez, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-5.625.507, en contra de los actos de sustanciación de pruebas realizados por la Jueza Primera de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, abogada Maria Ubilerma Aguilar en el asunto signado bajo el Nº HP11-V-2011-000248.
SEGUNDO: SE ADMITE A TRÁMITE la presente acción de amparo constitucional.
TERCERO: Se ordena l.....