PRIMERO: Procede la ciudadana ROSA ELENA ROMERO CORONEL, Abogada en ejercicio, I.P.S.A. Nº 40.028, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana GLADYS FRANCO DE MARQUEZ, quien es parte integrante de la Sucesión Francisco Franco Carvallo y co-propietaria de la Estación de Servicio San Carlos parte demandada de autos, a entregar al demandante quien recibe en este acto a su entera y cabal satisfacción un (01) cheque proveniente de la entidad bancaria denominada BOD signado bajo el Nº 44001120 de fecha 20 de mayo de 2015, librado a su favor, por la cantidad de CIENTO CUARENTA MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 140.000,00).SEGUNDO: "EL DEMANDANTE", declara expresamente que acepta la cantidad ofrecida como pago por la demandada en los términos expresados en los particulares anteriores y en consecuencia, declara completamente satisfechos los derechos laborales reclamados en su escrito libelar y las reclamaciones efectuadas en el juicio a que se contrae la presente transacción.....