DECISIÓN
En razón a las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes con sede en San Carlos, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de nulidad intentado por la Sociedad Mercantil Hato El Milagro C.A., contra el particular segundo del acto administrativo emanado del Directorio del Instituto Nacional de Tierras, en sesión N° 289-09, punto de cuenta 230 de fecha 22 de diciembre de 2009 mediante el cual se acordó medida cautelar de aseguramiento sobre las tierras que conforman el hato El Milagro.
SEGUNDO: LA NULIDAD PARCIAL del acto administrativo emanado del Directorio del Instituto Nacional de Tierras, en sesión N° 289-09, punto de cuenta 230, de fecha 22 de Diciembre de 2009.
TERCERO: NULO el particular segundo del acto administrativo emanado del Instituto Nacional de Tierras en sesión de Directorio N° 289-09.....