-IV-
Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: PRIMERO: INADMISIBLE, la demanda de Cobro de Bolívares presentado por el ciudadano abogado Juan Francisco Campos Pineda, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.314.593, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 70.344, actuando en su carácter de apoderado judicial de las ciudadanas Patricia Elisa González Olivo y Bárbara Eloísa González Olivo, venezolanas, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. V-15.761.543 y V-18.021.681, respectivamente, en contra de la Sociedad Mercantil TR&F GROUP C.A.:, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del estado Aragua, en fecha 20 de marzo de 2019, inserto bajo el N° 17, Tomo 5-A, Expediente Mercantil N° 284-58587, cuya última modificación es de fecha 10novie.....