este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CON FUNCIONES DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: Oída la solicitud hecha por el Fiscal del Ministerio Público, mediante la cual solicita se acuerde sea desalojado urgentemente el ciudadano José Luis Peña Sevilla, la exposición del ciudadano Peña Sevilla José Luis, de querer salirse de la vivienda, la solicitud de la víctima de que sea sacado su hijo de su vivienda y la exposición de la defensora Pública Penal en la cual esta de acuerdo con la manifestación de su representado de ser sacado de la vivienda, esta Juzgadora considera prudente ACORDAR: LA SALIDA INMEDIATA DEL CIUDADANO JOSE LUIS PEÑA SEVILLA, Venezolano, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad N° 9.539.905, de la vivienda ubicada en LA CALLE ALEGRÍA CRUCE CON LIBERTAD CASA N° 33-96, SAN CARLOS ESTADO COJEDES. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 39 ordinal 1° de la Ley Orgán.....