-IV-
DECISIÓN
Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso en cuestión éste Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle al ciudadano; Manuel Gustavo Acosta Amezquita, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. E-82.189.138, el derecho de propiedad sobre unas bienhechurías, constituidas sobre un área de terreno de aproximadamente DOCIENTOS CINCO METROS CON SESENTA Y DOS CENTIMETROS (205,62m2), con un área de construcción de DOS MIL CUATROCIENTOS METROS (2.400,00m2), la cual posee las siguientes características: está construido sobre bases y vigas de concreto consta de dos (02) habitaciones con ventanas con su protector, cada una con puertas de madera, un (01) baño interno, d.....