tal virtud que este Tribunal declara FIRME el Decreto Intimatorio de fecha 17 de Octubre de 2008, y consecuencialmente ordena proceder como en Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada, conforme a lo previsto en la parte in fine del Artículo 651 del Código de Procedimiento Civil. Así se Decide.-
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión para ser agregada al libro respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en San Carlos, a los tres (03) días del mes de Marzo de dos mil nueve (2009). Años 198º de la Independencia y 150º de la Federación.-
El Juez Provisorio,
Abg. LUIS ERNESTO GÓMEZ SÁEZ.
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