En orden a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano ROGER ORLANDO CASTILLO, titular de la cedula de identidad Nº V-8.160.701; asistido judicialmente por los Abgs. HECTOR MIGUEL RIVAS y ENIO JESUS ROSALES VELASCO, inscritos por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 136.418 y 136.322 respectivamente; contra la entidad de trabajo CONSORCIO RORAIMA y solidariamente responsable como persona natural al ciudadano DIONISIO JOSE BORREGALES TORRES, titular de la cedula de identidad Nº V-3.765.597; representados judicialmente por los Abgs. JOHIMA PIÑA PEREZ e ILICH COLMENARES, inscritos por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 110.910 y 110.860 respectivamente.
No hay condena.....