REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE: EL
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
San Carlos, 02 de agosto de 2017
207º y 158º
Visto el escrito de pruebas presentado por la Ciudadana Ana Francisca Ortiz de Villareal, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.325.258, en su carácter de autos, debidamente asistida por el Abogado José Tomas Villareal Ortiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 274.326, el Tribunal acuerda agregarlos a los autos. Asimismo, por cuanto el mismo no es manifiestamente ilegal ni impertinente se admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Con respecto a las documentales marcadas como -A2-, -A3-, 1 al 6, 12, 13, 16 al 24, al ser documentos administrativos se admiten, teniéndose para ser apreciados en su oportunidad. En relación con las pruebas marcadas -A1-, 7 al 11; 42 al 96, .....