Esta Jurisdiscente, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley y decide:
Primero: Se declara con lugar la demanda de Colocación Familiar Provisional en familia Sustituta del niño se omite nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 Lopnna, en el hogar de la ciudadana Luisa Beatriz Guzmán, titular de la cédula de identidad Nº V-11.965.837, ubicado en la Urbanización Luís Arias Andrade, manzana 07, casa Nº 01, San Carlos Estado Cojedes, en consecuencia se ratifica la medida dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente en fecha 09 de Diciembre de 2011.
Segundo: Se establece a favor de la progenitora Dennys Carolina Cermeño Tejeda y demás familiares un régimen de convivencia familiar con el niño, abierto en razón de la inestabilidad de la progenitora. Así se decide.
Tercero: Se establece la realización del Seguimiento por parte del.....