DISPOSITIVA.
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: se declara SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido por la parte demandada y recurrente y PARCIALMENTE CON LUGAR recurso de apelación ejercido por la parte demandante y recurrente de en contra de la decisión de fecha 14 de mayo del año 2013; dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes. En consecuencia se modifica el fallo recurrido.
No hay condenatoria en Costas dada la naturaleza del fallo.
Remítase la presente causa al Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, a los fines legales pertinentes