- VII-
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO EL PAO DE SAN JUAN BAUTISTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 173, 768 y siguientes del Código Civil, declara: PRIMERO: Se HOMOLOGA la solicitud de la PARTICION AMIGABLE de la comunidad conyugal que existió entre los ciudadanos ANDRES JULIAN MARTINEZ PEÑA, y SANDRA MILENA GOMEZ MORENO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de los documentos de identidad números CI V-22.738.286, y AU486205, respectivamente, en los términos contenidos en ella. SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en .....