este Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la inhibición planteada en fecha 14 de mayo de 2015, por la Abg. Yolimar Márquez Avendaño, en su condición de Jueza Superior (Suplente) de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, para conocer el asunto principal signado con el Nº HP11-R-2015-000010, por motivo de Declaración de Únicos y Universales Herederos, interpuesto por el ciudadano Carlos Antonio Ortiz Pereira, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.-
Se ordena remitir mediante oficio, copia certificada de la presente decisión a la Jueza Inhibida, Dra. Yolimar Márquez Avendaño, a los fines legales consiguientes.
Publíquese y regístrese.