-III-
DECISION
De conformidad con lo dispuesto en los articulos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y en aras de garantizar la tutela judicial efectiva de conformidad con el articulo 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ricaurte de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; RESUELVE: declarar "ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS" a los ciudadanos (as); ANDERSON ALIRIO MACEA GARCIA y ALRIANI MARIA MACEA GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 13.182.551 y V- 20.487.417, en su condición de hijos de la De-Cujus, TERESA COROMOTO GARCIA COLMENARES quien en vida era venezola.....