-IV-
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este JUZGADO ACCIDENTAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:Primero:SE INADMITEla Tercería Adhesiva Voluntaria de la ciudadana JULIA RAMONA LOPEZ AVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 10.328.148, procedente del Sector Callejón El Rio, ubicado en San José de Mapuey del Municipio Ezequiel Zamora.ASÍ SE DECIDE.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese Copia Certificada de la presentedecisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Accidental Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San Carlos a los dos (02) días del mes de Marzo del año dos mil veintitrés (20123). Años: 213º y 164º.El Juez Accidental, Ab.....