DECISIÓN
En merito a los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: LA ADMISIÒN DE LOS HECHOS y por consiguiente CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano JESUS MIGUEL PALACIOS ADAMES, titular de le cedula de identidad Nº V-9.536.081, representado por la Abogada YURUBI AGYIM MARTINEZ CORDERO, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 233.367 contra ESTACION DE SERVICIOS TINAQUILLO, C.A REGISTRO DE INFORMACION FISCAL (R.I.F), J-30952428-3
Hay condenatoria en costas.