-IV-
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ricaurte de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil Venezolano y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos: JOSE FRANCISCO RIERA BELLO y ANGELA YAQUELIN GUTIERREZ, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 13.984,691 y V- 15.628.471, respectivamente, plenamente identificados, contraído en fecha dieciocho (18) de febrero del año mil novecientos noventa y cinco (1995) por ante la Oficina del Registro Civil Parroquia Foránea Santa C.....